Las personas unidas en matrimonio sacramental, divorciadas según la ley civil, y de nuevo unidas en un matrimonio civil están en una situación pastoral sin salida. Su situación las excluye de la plena comunión eucarística. Esto es una fuente de sufrimiento para muchas personas que se sienten rechazadas por la comunidad eclesial. Plantea, por ello, cuestiones de tipo teológico y de tipo pastoral, es decir, cuestiones relativas a la verdad y cuestiones relativas al amor al prójimo. No hace mucho el cardenal de Tetamanzzi (Milán) escribió una carta pastoral sobre este asunto. De ella se hicieron eco al menos la Civiltà Cattolica (Italia, Roma) y la Documentation Catholique (Francia). ¿Qué se propone? Se reitera la doctrina sobre la exclusión de la comunión eucarística de los divorciados y vueltos a casar. Se dice que está praxis está fundada en la Escritura, que es “una praxis constante y universal”. Pero se insiste en que están dentro de la comunión eclesial, y por tanto tienen su espacio en la vida de la Iglesia.
- Algunos obispos habían propuesto el camino del discernimiento práctico; no se trataría de una praxis general para admitir a la comunión a los divorciados y vueltos a casar. Se trataría de cada persona, cuya situación matrimonial es ya irreversible, tras haber hecho un proceso de reflexión y conversión, con el discernimiento subjetivo contrastado con un ministro ordenado, y evitando el escándalo, pueda ser admitido a la plena comunión eucarística. Pero también este camino está cerrado según la carta de la Congregación para la doctrina de la fe.
- Según la doctrina del magisterio no se trata ni de una discriminación ni de un castigo. No tiene nada de eso. Se trata de reconocer y admitir la realidad objetiva de que su condición de vida contradice la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, que “contradice objetivamente la ley de Dios” (Carta de la congregación de la fe, n 4).
- Se refiere a los motivos de separación utilizando las categorías de inocentes y culpables, los que abandonan y los que injustamente han sido abandonados. Distingue también la situación de los que están convencidos en conciencia de que su primer matrimonio, irremediablemente destruido, no había sido nunca válido y se vuelven a casar por motivo de la educación de los hijos.
- Estas personas deben recibir una “atención improrrogable” (FC. 84). Se exhorta encarecidamente a todos los fieles a que ayuden a estas personas para que no se sientas separadas de la Iglesia. En este contexto se enfatiza la solicitud maternal de la Iglesia, como madre misericordiosa, la especial preocupación por sus hijos, su empeño en acompañarles y “hacer todo lo posible para fortalecer en el amor de Cristo y de la Iglesia a los fieles de la Iglesia que se encuentran en situación de matrimonio irregular” (Carta, 10). Habla de la materna cercanía de la iglesia (ib. n. 1)
- Es claro que la vida de un cristiano es mucho más amplia que la comunión eucarística. Por ello se mencionan las prácticas de vida cristiana a las que estas personas son especialmente invitadas: escuchar la Palabra de Dios, frecuentar el sacrificio de la misa, perseverar en la oración, incrementar las obras de caridad, luchar por la justicia, educar a los hijos en la fe cristiana, las obras de penitencia… (FC. 84)
- ¿Cómo puede la Iglesia seguir siendo sacramento del amor de Dios en estas situaciones dolorosas? ¿Cómo puede la Iglesia ser “materna hacia estos hijos suyos”, mostrarse como “madre misericordiosa” (FC. 84? ¿Cómo puede avanzar la reflexión teológica sobre esta situación problemática y dolorosa? ¿Es posible que los interesados no vivan como discriminación la praxis de la Iglesia? ¿Son sólidas las razones por las que se mantiene esta praxis? ¿Podemos permitirnos dejar que la situación se haga más general sin hacer alguna propuesta más adecuada?