Es esta una cuestión que parece estar cerrada. No hay solución viable. Por otro lado se insiste en que los teólogos sigan reflexionando. Fiel a esa invitación, propongo algunas reflexiones sobre los argumentos del magisterio que determinan el estado de la cuestión:
- Se propone que estas personas separadas y casadas de nuevo civilmente vivan la continencia, como hermano y hermana y no de forma matrimonial; es decir, que vivan como si no estuvieran casadas; ante los ojos de la Iglesia ese matrimonio civil no tendría valor, es como si no existiera.
Pero esta postura no parece del todo coherente. El matrimonio civil es una realidad humana. Lo más importante no es el vínculo jurídico; es la realidad humana que se expresa en el vínculo jurídico. Y esa relación conyugal es valiosa desde el punto de vista humano, y, por lo mismo, desde el punto de vista religioso. No sería justo romper esa relación conyugal, que incluye como elemento constituyente la relación sexual. - Se propone la vía de la declaración de nulidad. Pero no admite convertir este tema de la nulidad en una cuestión de conciencia. Sería cada persona en conciencia la que podría decidir si el matrimonio ha sido válido o ha sido nulo. Una persona, en conciencia, puede estar convencido de que realmente no se cumplieron las condiciones reales de un matrimonio sacramento, aun cuando no pueda demostrarlo ante los tribunales. Esta salida se rechaza apelando a que el matrimonio “es esencialmente una realidad pública”(Congregación para la doctrina de la fe, Carta sobre la recepción de la comunión eucarística por parte de los fieles divorciados vueltos a casar n. 7), “significaría negar de hecho que el matrimonio exista como realidad de la Iglesia, es decir, como sacramento” (n. 8). La cuestión concreta es que la dimensión institucional y personal del matrimonio hoy se articula de otra manera. Si anteriormente prevalecía la dimensión social e institucional, la evolución cultural ha conducido a destacar la dimensión personal del matrimonio. Existe una tendencia a darle un rostro más personal a la institución matrimonial. Sin dejar de ser una institución social que reconoce todo el que se casa por el juzgado o en la comunidad cristiana.
- Se insiste en que la situación de vida de los matrimonios sacramentales, divorciados legalmente, y casados de nuevo “contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la eucaristía” (n. 7). Se recuerda “que viven en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios” (n.7). En esta valoración no se contempla que los casados por lo civil están viviendo una verdadera relación de amor conyugal; tal vez lo están viviendo después de muy dolorosas ausencias de amor y de ternura. No se puede olvidar que el amor verdadero es siempre referencia al Dios amor. Quien ama conoce a Dios, como enseña San Juan. Dios permanece en él. No se puede olvidar esta realidad como realidad eucarística. Seguramente, además, hay casados civilmente que confiesan su fe y su confianza en la indisolubilidad del nuevo matrimonio. Desean que sea para siempre. Y reconocen el fracaso de su anterior matrimonio.
- Se añade un motivo pastoral que impide que estas personas participen plenamente en la comunión eucarística. Se trata de defender a los fieles “que serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio” (Familiaris Consortio, 84).Evidentemente es éste un motivo pastoral. ¿Es esta razón convincente? ¿Realmente las personas cristianas formadas no saben distinguir lo que es la enseñanza evangélica y lo que son las situaciones concretas que se han hecho irreversibles? El razonamiento del magisterio parece olvidar que vivimos en una situación plural, en la cual los católicos se ven cada día confrontados con personas indiferentes, agnósticas, ateas, antiteístas, apóstatas. Vivimos en sociedades interreligiosas. La identidad religiosa de cada uno no parece que dependa de la decisión que han tomado otras personas. Como adultos pueden distinguir cuál es la doctrina de la iglesia, y cuáles son las situaciones concretas que hay que aceptar sin aprobarlas.